Durante años hemos enseñado el consentimiento como si fuera un trámite. Se pregunta, se responde, y lo que sigue queda autorizado. Esa manera de entenderlo tiene la ventaja de ser simple y la desventaja de ser falsa, porque confunde dos cosas distintas. El consentimiento es individual: una persona dice que sí o que no frente a una propuesta concreta. El consenso es colectivo: un acuerdo que se construye entre quienes participan, con lo que cada quien pone, calla, negocia y cede. Cuando reducimos el consenso a la suma de consentimientos individuales, dejamos fuera todo lo que rodea ese sí: quién tiene más poder en la relación, qué información se omitió al proponerlo, desde qué estado emocional se respondió y qué costo tendría decir que no. Ese vacío explica por qué tantas situaciones que cumplen formalmente con el requisito del consentimiento terminan dejando daño, resentimiento o la sensación difícil de nombrar de haber aceptado algo que en realidad no se quería.
De dónde viene y en qué se distingue
MIEEL está inspirado en FRIES, el modelo educativo popularizado por Planned Parenthood, que propone que el consentimiento debe ser dado libremente, reversible, informado, entusiasta y específico. FRIES hizo un trabajo enorme al volver enseñable algo que antes se explicaba con vaguedades, y buena parte de la educación sexual contemporánea le debe la posibilidad de hablar del consentimiento en términos concretos. Su límite es que fue diseñado como herramienta de prevención dirigida a personas jóvenes y que opera en el plano individual: evalúa si una persona consintió, no si existe un acuerdo sostenible entre quienes participan.
MIEEL retoma cuatro de esos criterios y los reformula al español y al trabajo clínico, pero hace dos movimientos propios. El primero es sustituir el criterio de especificidad, que queda absorbido dentro de la exigencia de estar informado, por el de equilibrio, que incorpora algo que FRIES no mira: la distribución del poder dentro del vínculo y el estado emocional desde el que se decide. El segundo es desplazar el objeto del análisis del consentimiento individual al consenso construido entre las partes, lo que permite evaluar no solo la respuesta de una persona, sino la calidad del acuerdo que esa respuesta sostiene.
Ese énfasis en el equilibrio no es casual, porque el modelo está pensado desde un contexto latinoamericano en el que el poder y el dinero dentro de los vínculos siguen siendo temas de los que casi no se habla. Aquí se negocia la fidelidad, la frecuencia o las prácticas, pero rara vez quién sostiene económicamente a quién, quién puede irse y quién no, quién tiene red de apoyo propia y quién la tiene prestada del otro. Se asume que hablar de dinero contamina el afecto y que nombrar el poder lo vuelve ilegítimo, cuando ocurre exactamente lo contrario: lo que no se nombra opera igual, solo que sin posibilidad de ser revisado. En nuestras condiciones materiales y culturales, con una dependencia económica que atraviesa de manera desigual a mujeres, personas jóvenes y personas de la diversidad, cualquier modelo de consentimiento que no mire esas asimetrías se queda en la superficie del sí y del no. MIEEL nació así de mi trabajo clínico y comunitario, y funciona en cualquier vínculo, aunque resulta particularmente útil donde la negociación es explícita y la apuesta es alta, como en el BDSM y en las no monogamias éticas. La experiencia me ha mostrado que las relaciones monógamas y convencionales lo necesitan tanto o más, justamente porque en ellas casi nunca se negocia nada de manera abierta y se da por supuesto lo que nadie ha dicho en voz alta.
Las cinco condiciones
Modificable. Un acuerdo que no puede cambiarse o cancelarse dejó de ser acuerdo y se convirtió en obligación. Esto significa que cualquiera de las personas involucradas puede pedir una pausa, renegociar o retirarse en cualquier momento, sin que eso se interprete como traición, incumplimiento o falta de palabra. La pregunta útil aquí no es si en teoría se puede cambiar, porque casi todo mundo responde que sí, sino qué pasaría en la práctica si alguien lo pidiera mañana: si la respuesta imaginada incluye reclamos, castigo emocional o riesgo de perder el vínculo, el acuerdo no es modificable por más que se diga que lo es.
Informado. Nadie puede acordar lo que no conoce. Esto implica saber los riesgos físicos, emocionales y relacionales reales de lo que se está aceptando, así como las intenciones y los límites verdaderos de las otras personas, y no solamente la versión más atractiva de la propuesta. Aquí se incorpora también la exigencia de especificidad: un acuerdo general no autoriza lo particular, y decir que sí a una práctica no equivale a decir que sí a todas sus variantes, frecuencias o contextos. Es muy común que un acuerdo falle en este punto sin mala fe, porque se habló de lo general y se omitió lo específico, se mencionó la posibilidad pero no la frecuencia, se acordó la práctica pero no qué pasaría después. La información faltante no es un detalle administrativo, porque es exactamente donde después se instala el conflicto.
Entusiasta. El sí tiene que sostenerse en el deseo y no en la culpa, el miedo, la obligación o el cansancio de insistir. Callar no es consentir, y ceder tampoco. Hay una diferencia enorme entre querer algo y aceptarlo para evitar una consecuencia, aunque las dos cosas se pronuncien con la misma palabra. Cuando alguien accede para no decepcionar, para no perder el vínculo o para terminar una conversación incómoda, lo que hay es rendición, no acuerdo.
Equilibrado. Este criterio es el aporte propio del modelo y tiene dos planos. En el relacional, el poder no tiene que ser simétrico: en el BDSM la asimetría puede ser precisamente el sentido de la práctica, y en cualquier relación existen diferencias de experiencia, de recursos o de edad que no desaparecen por negarlas. Lo que se exige es que ese poder esté reconocido, nombrado y no se use para anular la capacidad de decisión de nadie. En el plano emocional, el criterio pide que quienes acuerdan se encuentren en un estado afectivo estable, ni eufórico ni depresivo, porque ambos extremos distorsionan la evaluación de lo que se acepta. La euforia del enamoramiento, de la novedad o del momento de excitación infla lo posible y minimiza los riesgos; el ánimo depresivo, con su desesperanza y su necesidad de sostén, vuelve muy difícil poner un límite y facilita aceptar lo que no se quiere con tal de no perder al otro o de sentirse valioso. Un acuerdo tomado desde cualquiera de esos dos polos no es automáticamente inválido, pero amerita revisarse cuando el estado emocional se estabilice, y por eso este criterio se articula directamente con el de modificable.
Libre. No puede haber coerción, chantaje ni dependencia económica o emocional que condicione la respuesta. Este es el criterio que más incomoda, porque obliga a mirar las condiciones materiales de la relación. Quien depende económicamente de su pareja, quien no tiene a dónde ir, quien sostiene su red social entera a través del vínculo, responde desde un lugar distinto al de quien puede sostenerse solo. Eso no invalida su sí, pero sí exige que se tome en cuenta al evaluar la calidad del acuerdo.
Cómo se aplica
MIEEL no funciona en el vacío: se aplica sobre la fórmula Deseo–Capacidad–Contexto, que organiza el análisis en tres dimensiones. El deseo es lo que la persona quiere, incluyendo lo que fantasea y lo que no desea, atravesado siempre por mandatos, costumbre y necesidad de agradar, por lo que no siempre coincide con lo que dice querer. La capacidad es lo que esa persona puede hacer y sostener en ese momento concreto: su estado físico, emocional y mental, sus habilidades de comunicación, su experiencia previa y los recursos con los que cuenta para enfrentar lo que surja. El contexto son las condiciones externas en que se decide: el tipo de vínculo, las diferencias de poder o de recursos, el entorno social, el momento y las consecuencias posibles de decir que sí o que no. Un acuerdo falla cuando alguna de las tres no se cumple, y los modos de falla son reconocibles: desear algo que no se está en condiciones de sostener, poder hacerlo pero no desearlo, o desearlo y poder, pero en un contexto que vuelve riesgosa la decisión.
Los cinco criterios se revisan entonces con preguntas directas aplicadas a esas tres dimensiones. ¿Este acuerdo puede cambiarse sin consecuencias, y qué pasaría concretamente si alguien lo pidiera? ¿Qué información falta o fue omitida? ¿El deseo se sostendría sin esta presión? ¿Cómo se está ejerciendo el poder aquí? ¿Desde qué estado emocional se está decidiendo? ¿Qué tanto se puede decir que no, y qué costaría? Ese recorrido permite ubicar con precisión qué criterio está fallando y en qué dimensión se origina la falla, de modo que la intervención se dirija a ese punto concreto y no a una valoración global de la relación o de la práctica, que es donde suele perderse el trabajo terapéutico.
Un ejemplo
Una pareja de ocho años llega a consulta porque una de las personas propuso abrir la relación. La otra aceptó, pero desde entonces presenta insomnio y hay discusiones frecuentes. Al revisar el acuerdo con MIEEL aparece lo siguiente: es modificable solo en apariencia, porque quien aceptó teme que pedir una pausa se lea como un retroceso o ponga en riesgo el vínculo; está informado a medias, ya que se habló de encuentros ocasionales pero no de con quién, con qué frecuencia ni qué se contaría después; no es entusiasta, porque el sí se dio para evitar la pérdida de la relación y no desde un deseo propio; falla en lo equilibrado, pues quien propuso tiene más experiencia en el tema y más independencia económica, y la respuesta se dio durante una semana de ánimo muy bajo tras una pérdida laboral; y no es del todo libre, porque esa dependencia económica condiciona lo que se puede decir.
Leído sobre la fórmula, la falla principal no está en el deseo de abrir la relación, que es perfectamente legítimo en quien lo propone, sino en la capacidad de la otra persona para sostener ese acuerdo en ese momento y en un contexto de asimetría económica. La intervención, por lo tanto, no se dirige a decidir si la relación se abre o no, que es la pregunta con la que suele llegar la pareja y la trampa en la que suele caer la terapia. Se dirige a suspender temporalmente el acuerdo, completar la información faltante, trabajar las condiciones materiales y emocionales que limitan la libertad de respuesta y renegociar cuando ambas personas puedan decidir desde un estado estable.
Para qué sirve
MIEEL deja de preguntar si hubo consentimiento para preguntar por la calidad del consenso. Al convertir cada condición en algo verificable, permite ubicar con precisión dónde se rompe el acuerdo y evita evaluar las prácticas por su apariencia, de manera que una relación con poder explícito puede resultar más consensuada que otra que se presenta como igualitaria pero opera con presiones no dichas. El modelo no determina qué prácticas son correctas, sino si el acuerdo que las sostiene cumple las cinco condiciones, y esa distinción es la que lo vuelve utilizable con cualquier persona y cualquier configuración relacional sin imponer un modelo de vida sobre otro.
Fuera del consultorio funciona igual de bien como guía de negociación antes de una escena, de un encuentro o de la apertura de un vínculo, y como revisión periódica de acuerdos que llevan tiempo vigentes y que pueden haber dejado de cumplir alguna de las cinco condiciones sin que nadie lo haya notado, que es algo que ocurre todo el tiempo y que explica buena parte de las rupturas que parecen repentinas pero llevaban años gestándose. Queda pendiente su validación formal en población clínica y comunitaria como instrumento de evaluación, intervención y formación, y en eso estoy trabajando.


